quinta-feira, 7 de junho de 2012

Futuro do Tribunal de Vila do Conde !!!

Vem publicado hoje no jornal de VILA DO CONDE:
Tribunal é para fechar?
O Quadro da Reforma da Organização Judiciária agora divulgado pelo Governo é simplesmente despropositado e assustador para Vila do Conde ao desrespeitar, de forma tão violenta, os direitos da população local.
Efetivamente, ao ser admitido que o Tribunal de Vila do Conde passe a ser uma simples e denominada Instância Local, apenas com competência para matéria penal e civil de pequeno valor e onde incrivelmente tramitarão os processos de causas que lhe são retiradas e que serão posteriormente julgadas nas Instâncias Centrais (será, assim, um tipo de apeadeiro de passagem para os Tribunais do Porto, Matosinhos e Gaia!), determina-se que cá não decorrerão ações ligadas ao comércio e ao trabalho, execuções, ações de família e menores, ações ordinárias superiores à alçada do Tribunal de 1.ª Instância, processos de instrução criminal, julgamentos com coletivo de Juízes, etc.
Tudo isto passará para os Tribunais atrás referidos, incluídos na Comarca Porto-Norte a que pertencemos e onde estão dez Municípios! Questiona-se: alguém compreenderá que, após a instrução de um processo no Tribunal de Vila do Conde, o julgamento se vá realizar num outro Tribunal, obrigando-se os envolvidos - queixosos, arguidos, advogados, testemunhas, familiares e público interessado em assistir - a deslocarem-se a outra cidade, em vez de se deslocarem cá os juízes?
Lamentável é propalar-se que o acesso à justiça tem de ser para todos e facilitado, dizendo-se ser Importante aproximar essa mesma justiça dos cidadãos, e depois vermos o Governo a pretender encerrar Tribunais em Concelhos do interior do país e a esvaziar outros em Municípios como Vila do Conde e Póvoa de Varzim.
Indignado, o Eng.º Mário Almeida disse que a «loucura» claramente visa «só cá deixar os pequenos crimes, os processos sumários em resultado de flagrante-delito e as contra-ordenações», pelo que já se reuniu com os representantes locais da Ordem dos Advogados e manifestou o seu veemente protesto à Ministra da Justiça, solicitando-lhe que «reveja a situação, analise o caso, verifique os dados do trabalho judicial local e faça justiça».
Uma vergonha, sem dúvida. Para além do prejuízo dos funcionários que serão retirados do seu atual local de trabalho e enviados não se sabe para onde, incluindo Juízes e Procuradores, também os serviços locais, a restauração e o comércio serão profundamente afetados.

Se o Governo concretizar o que pretende, o Palácio da Justiça irá ter de imediato pouco serviço e menor movimento, por certo se apontando para o seu encerramento daqui a três ou quatro anos! Iremos ter outro «Mosteiro de Santa Clara»?

Jornal Oficial da União Europeia (07.06.2012)

L (Legislação): L147
C (Comunicações e Informações): C161 C161A

Nova Lei da Concorrência portuguesa

No próximo dia 8 de Julho entrará em vigor a nova Lei da Concorrência portuguesa (Lei n.º 19/2012). Trata-se de uma reforma necessária para alinhar o nosso ordenamento jus-concorrencial com o direito europeu, bem como para acolher os ensinamentos jurisprudenciais e a experiência obtida pela Autoridade da Concorrência portuguesa.
Constitui, aliás, de uma das reformas acordadas nos termos do Memorando de Entendimento sobre as Condicionalidades de Política Económica, celebrado em 17 de Maio de 2011 entre o Governo Português, a Comissão Europeia, o Banco Central Europeu e o Fundo Monetário Internacional, que visa também reforçar a competitividade estrutural da economia. Infelizmente, existe um claro desequilíbrio entre, por um lado, os poderes de investigação, decisão e sanção que incumbem à Autoridade da Concorrência e, por outro, os direitos de defesa das empresas visadas pela investigação.
Mais informação disponível em:

Novidades Bibliográficas III



Chico de la Cámara, Pablo, El delito de defraudación tributaria tras la reforma del Código Penal por la L.O. 5/2010 reflexiones críticas y propuestas de lege ferenda

Resumo do Livro:
La citada obra realiza desde un punto de vista crítico un análisis detallado del tipo de injusto desde una óptica mixta integrando los institutos del Derecho tributario al ordenamiento criminal como norma penal en blanco, cuestionando el autor si la reforma actual operada a través de la LO 5/2010 ha conseguido verdaderamente dar respuesta a numerosas cuestiones que siguen generando una gran litigiosidad ante los Tribunales jurisdiccionales pese a contar ya casi con la mayoría de edad desde su implantación en el vigente Código Penal de 1995.
Asimismo, incluye un análisis del recién aprobado instrumento de regularización tributaria de carácter extraordinario a través del RDL. 12/2012, de 30 de marzo, y por el que se permite aflorar las rentas ocultas en el IRPF, IS e IRNR siempre que se declaren e ingresen hasta el día 30 de noviembre de 2012 aplicando un porcentaje fijo de un 10 por 100 sobre el importe no declarado.
De entre las cuestiones nucleares de este delito que siguen generando conflictividad ante los Tribunales y que se analizan con rigor y profundidad en la obra pueden citarse entre otras a modo de resumen las siguientes:
La difícil delimitación entre las conductas derivadas de negocios indirectos (en «fraude de ley tributaria» y «simulación»), en el que sólo las segundas merecerían reproche desde el punto de vista penal.
La nueva responsabilidad penal de las personas jurídicas (art. 31 bis CP) introducida por la LO 5/2010, y el necesario control jurisdiccional en su aplicación para evitar que sea aplicado de una forma mecánica a todos los delitos societarios lo que entendemos resultaría incompatible con los principios de non bis in idem y de responsabilidad objetiva proscritas por Nuestra Constitución.
La responsabilidad penal de los abogados, consultores y asesores fiscales en el ejercicio de su cargo, así como de otros representantes de la sociedad (administradores de hecho y de derecho) como partícipes del delito (en calidad fundamentalmente de «inductores» o «cooperadores necesarios»).
Las críticas hacia la imposibilidad de aplicar la excusa absolutoria del artículo 305.4 CP (a efectos de la exoneración de la pena) cuando el contribuyente «declare» pero no ?ingrese» la deuda de acuerdo con la Circular 2/2009, de la Fiscalía General del Estado y la doctrina anterior del Tribunal Supremo en esta materia.
La problemática de la disparidad del plazo de prescripción penal (5 años) con la propiamente tributaria (4 años), y la rica casuística de los actos que dan lugar a una interrupción de la prescripción.
Los problemas concursales con el delito de blanqueo de capitales (art. 310 CP tras la reforma de la LO 5/2010), y en particular, con la aplicación conjunta de los plazos de prescripción del delito subyacente (delito fiscal) con el propiamente de blanqueo de capitales.
Los supuestos en los que de acuerdo con la Jurisprudencia los Tribunales podrían aplicar la eximente del estado de necesidad (art. 21.5 CP) en aquellos supuestos en los que se justifique la imposibilidad para el pago de la deuda tributaria por carecer el sujeto pasivo de «liquidez» como consecuencia de encontrarse en una situación de «crisis empresarial».

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Bajo Fernández, Miguel, Feijóo Sánchez, Bernardo J., Gómez-Jara Díez, Carlos,
Tratado de responsabilidad penal de las personas jurídicas adaptado a la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de Medidas de Agilización procesal http://www.marcialpons.es/libros/tratado-de-responsabilidad-penal-de-las-personas-juridicas/9788447038541/

Resumo do Livro:
La presente obra es el primer libro en lengua castellana que ofrece una visión completa, exhaustiva y clara y un estudio sistemático de la reciente entrada en vigor de la responsabilidad penal de las personas jurídicas. Los autores -Miguel Bajo, Bernardo Feijoo y Carlos Gómez-Jara- provenientes de sendas cátedras universitarias y conocidos abogados en ejercicio, reúnen los conocimientos teóricos y la experiencia práctica indicada para afrontar el estudio de esta novedad en un Tratado riguroso, sistemático y coherente. El lector podrá disfrutar de un trabajo elaborado por tres autores de reconocido prestigio, especialistas consumados en la materia, que, a partir del rigor dogmático y las experiencias de Derecho comparado, buscan con esta obra influir en el futuro desarrollo de la teoría y de la práctica relativas a la responsabilidad penal de las personas jurídicas. Se trata de un trabajo imprescindible para todos aquellos que se acerquen al nuevo Derecho Penal de las personas jurídicas tanto desde la perspectiva práctica de su aplicación (jueces, fiscales, abogados, asesores de empresas, encargados de cumplimiento, auditores) como al enfoque docente (alumnos, profesores de universidad).
En su interior encontrará el lector la solución a todos los problemas que presenta la responsabilidad penal de las personas jurídicas, desde los más abstractos (¿Qué significa defecto de organización o cultura de cumplimiento?, ¿Cuál es el modelo de responsabilidad que ha establecido el Código Penal?, ¿Cuál es el hecho típico que comete la persona jurídica?, ¿Cuál es el papel de los programas de cumplimiento o de los códigos éticos?) hasta los más concretos (¿Son responsables penalmente las federaciones deportivas?, ¿Cuáles son los presupuestos para la imposición de medidas cautelares a las personas jurídicas? ¿Cómo se determina la pena de multa?, ¿Es posible imponer una consecuencia accesoria a una persona jurídica?, ¿Qué debe hacer una empresa cuando detecta la comisión de un delito?, ¿Cuáles son los derechos procesales de las personas jurídicas?).

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Velasco San Martín, Cristos, La jurisdicción y competencia sobre delitos cometidos a través de sistemas de cómputo e Internet

Resumo do livro:
La presente obra aborda uno de los principales retos jurídicos contemporáneos que trae consigo la investigación, persecución y procesamiento de delitos cometidos a través de sistemas de cómputo e Internet. Está enfocado a hacer un análisis comparado de los tratados e instrumentos internacionales en materia de jurisdicción y competencia penal aplicable a ciberdelitos, en particular conforme al Convenio sobre Cibercriminalidad del Consejo de Europa, así como la forma en la que seis países de Latinoamérica han adoptado los principios de jurisdicción internacional en su correspondiente legislación nacional. Si bien, esta obra analiza en forma detallada y comparada los marcos jurídicos existentes para combatir los delitos informáticos en algunos países Europeos, de Norte América y de Latinoamérica, no tiene como propósito analizar teorías, doctrinas y los tipos existentes sobre delitos informáticos, ya que actualmente existe muchísima literatura académica sobre dicha temática. Sin embargo, no existía una obra jurídica actualizada que analizara en forma comparada y con un enfoque pragmático, la problemática de la jurisdicción y competencia penal frente a delitos cometidos en contra y a través de sistemas de cómputo e Internet y en especial con respecto a países de Latinoamérica.